Fuente: www.lavozdegalicia.es/ed_ferrol
Fecha: 19 Enero 2006
El juez condena a multa a dos cazadores por un accidente en una batida
19/01/2006

La sentencia sostiene que el proyectil rebotó tras impactar en la carretera de San Adrián
(Lugar: la voz | ferrol)
?l Juzgado de lo Penal número 1 de Ferrol ha condenado a dos cazadores por un fallecimiento en accidente cinegético ocurrido el 3 de septiembre del 2000 en los montes de San Adrián, de Ortigueira.

Se trataba de una batida de caza al corzo y los imputados son A. A. V., de cuya escopeta salió el proyectil, y V. A. P. F., presidente de la agrupación organizadora y, por tanto, responsable de que se cumpliesen las normas en vigor. La jueza que se ocupó del asunto los considera autores de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte e impone multas de 225 euros. La parte civil del pleito, es decir, la determinación de la indemnización a la familia del fallecido, se determinará en un pleito diferente por expreso deseo de los familiares.

Entre las anomalías que la sentencia apunta en el desarrollo de la partida se encuentra que había más participantes de los inicialmente inscritos. Igualmente, que se hizo el despliegue cerca de una pista o carretera: la bala rebotó en el asfalto, según los informes del laboratorio de la Guardia Civil. La Ley de Caza prohíbe batidas en las proximidades de carreteras.

Pero igualmente, dice la magistrada, el propio fallecido infringió también la normativa porque se cambió del puesto que se le había asignado. Es decir, se produce lo que se conoce como concurrencia de culpas, lo que opera en el proceso en beneficio de los imputados, reduciendo un grado en las condenas.

Por ello, la sentencia opta por penas de carácter leves: faltas y no delitos como solicitaba el Ministerio Fiscal.