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24 Marzo 2006

SEO/BirdLife condena la aprobación de la caza en contrapasa autorizada recientemente en Vizcaya

Fuente: www.agroinformacion.com
Fecha: 2 Enero 2006
SEO/BirdLife condena la aprobación de la caza en contrapasa autorizada recientemente en Vizcaya
SEO/BirdLife

Desoyendo la condena contra España del Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo por permitir esta modalidad de caza en Guipúzcoa, la Diputación Foral de Vizcaya aprueba esta modalidad de caza específicamente prohibida por la legislación comunitaria. SEO/BirdLife lamenta la falta de responsabilidad de la diputación y anuncia acciones contra esta decisión.

30.diciembre.´05 - SEO/BirdLife considera que la autorización que la Diputación Foral de Vizcaya ha aprobado en la Orden Foral 6977/2005, de 19 de diciembre, no hace más que vulnerar la misma directiva que por la que fue sancionada ya España en junio de este año y está decidida a interponer una nueva queja ante la Comisión Europea.

La caza de palomas en paso primaveral o "contrapasa" (fundamentalmente de Paloma Torcaz) era una modalidad de caza practicada en varias zonas de España, fundamentalmente en el País Vasco y Navarra. Se realizaba aprovechando la "migración prenupcial", esto es, cuando las aves están regresando a sus zonas de cría en el centro y norte de Europa. Dado que este es un momento muy delicado para las especies migradoras, tanto la Directiva europea de Aves Silvestres como la legislación estatal básica (Ley 4/89) prohibieron la caza de aves en este período.

El Tribunal de Luxemburgo da la razón a SEO/BirdLife
En su sentencia de 9 de junio de 2004, el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo consideró que la caza en contrapasa no se ajustaba a la Directiva de Aves Silvestres dando por tanto la razón a la Comisión Europea y por lo tanto a SEO/BirdLife, que interpuso en primera instancia la denuncia, que consideraban que la caza en contrapasa no reunía los requisitos del régimen de excepciones, y en consecuencia incumplía la legislación.

El Tribunal consideró que la caza en contrapasa es una mera prórroga innecesaria del periodo ordinario de caza y sienta por segunda vez (la primera fue contra Francia en octubre de 2003) el criterio de que no se pueden prorrogar los periodos de caza a la migración prenupcial cuando la especie afectada se puede cazar con normalidad durante los periodos no prohibidos por la directiva.

El Tribunal de Luxemburgo tampoco tuvo en cuenta otros argumentos esgrimidos por el gobierno español como la supuesta presión social para cazar en esta época, la abundancia de la especie, o la separación de los puestos de caza en contrapasa de los de otras modalidades de caza de palomas. Dado que la Paloma Torcaz es en todo caso una especie cinegética que se puede cazar normalmente en los periodos autorizados por la legislación comunitaria no existe razón alguna para su caza más allá de ese periodo normal, según el tribunal europeo, argumento idéntico al que ha venido dando SEO/BirdLife durante años sin que los tribunales españoles se hayan dignado a estimarlos.

SEO/BirdLife ha desarrollado una intensa actividad en contra de la autorización de la caza en contrapasa, en colaboración con otras entidades de conservación del País Vasco, desde antes de 1997, año en el que, a propuesta del PNV, la coalición gubernamental liderada por el PP modificó la Ley de Conservación de la Naturaleza para permitir la contrapasa "en determinadas condiciones". Así en el año 1998, además de comunicar a la Comisión Europea la aprobación de la Orden guipuzcoana que permitía este tipo de caza, instando la apertura del procedimiento de infracción que ahora ha sido resuelto, SEO/BirdLife interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, el cual declaró en junio de 2000 que la Orden Foral estaba ajustada a derecho. SEO/BirdLife recurrió dicha sentencia en casación ante el Tribunal Supremo, el cual estimó en noviembre de 2003 que la Sentencia del tribunal autonómico era adecuada, condenando además en costas a SEO/BirdLife.

En definitiva, para SEO/BirdLife este es un nuevo ejemplo de lo mal que se aplica en nuestro país la legislación comunitaria en materia de medio ambiente, y exige la corrección inmediata de la legislación española y autonómica que permite estas situaciones.

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